El presente trabajo pretende responder a la pregunta ¿por qué si se reconoce que todos los derechos humanos son indivisibles, interdependientes y sin jerarquía entre ellos, se les da un tratamiento y una protección diferenciada tanto en el sistema universal como en el interamericano dependiendo de si se trata de derechos civiles y políticos, o de derechos económicos, sociales y culturales?áPara ello, se analiza una serie de razones históricas, conceptuales y filosóficas que condicionan la concepción que los Estados tienen de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y que son determinantes a la hora en que los mismos deciden prestar su consentimiento y asumir obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.áComo lo señala Felipe González en el Prólogo, este trabajo recorre y persigue dilucidar una serie de problemas conceptuales de importantes alcances prácticos que se han presentado y continúan presentándose en el debate y regulación de los derechos económicos, sociales y culturales; y demuestra que las diferencias en materia de justiciabilidad de los derechos humanos no obedecen a características intrínsecas de los mismos, sino a los contextos históricos en los que ellos han sido reconocidos y regulados.áSobre este particular, este trabajo analiza con detenimiento los contextos en que surgieron los instrumentos del sistema interamericano y el impacto que ellos han acarreado para la regulación de los derechos económicos, sociales y culturales, incluida la cuestión del grado de justiciabilidad que le reconocen.á