En la mayor parte de las poblaciones (por no decir en todas) la necesidad de locales para habitación es cada vez más apremiante. Nuestra gran ciudad, no escapa a este problema. Es necesario darle u habitación dig a cada habitante y para hacerlo se requiere de un gran esfuerzo y de muchos recursos. Es fácil establecer en la Constitución y en la leyes el derecho a u vivienda dig, segura e higiénica, pero en la práctica y en la vida cotidia, presenta grandes dificultades. El cuarto párrafo del artículo cuarto constituciol (creado por Decreto publicado en el Diario Oficial del 7 de febrero de 1983), establece ´Toda la familia tiene derecho a disfrutar de u vivienda dig y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo´. Por su parte, el artículo primero de la Ley Federal de Vivienda (Diario Oficial del 7 de febrero de 1984) señala que ´La presente Ley es reglamentaria del Artículo 4? párrafo cuarto de la Constitucion General de la República. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer y regular los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda dig y decorosa´. Han transcurrido veinte años desde la publicación de esos decretos y los avances en materia de habitación son escasos, debido a los altos costos de lo inmuebles y de los materiales de construcción.