EL DERECHO A LA INTIMIDAD EN LA NUEVA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

EL DERECHO A LA INTIMIDAD EN LA NUEVA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

$ 953.00
Pesos mexicanos (MXN)
AGOTADO. Informes: Llame o Escribanos
Editorial:
DYKINSON (ES)
Año de edición:
ISBN:
978-84-8155-869-2
Páginas:
388
Encuadernación:
Rústica (pasta blanda)
$ 953.00
Pesos mexicanos (MXN)
AGOTADO. Informes: Llame o Escribanos

Con la aprobación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de los Datos de Carácter Personal comienza en el ordenamiento jurídico español una nueva etapa para el derecho a la protección de datos personales.Atrás ha quedado la experiencia de la vigencia de la LORTAD y las dificultades de su aplicación, que hacían presagiar un futuro más prometedor que el hasta ahora vivido en la protección de datos. Era de esperar que los errores, las deficiencias y las graves carencias que tempranamente se advirtieron en la LORTAD alertasen al legislador en la nueva oportunidad que la Directiva 95/46/CE le brindaba a través de la transposición de la misma al derecho español. Sin embargo, tal y como pronto quedará de manifiesto, los propios debates parlamentarios que precedieron a la aprobación de la Ley Orgánica 15/1999 dan buena muestra de ello, nada había cambiado en la mente del legislador, y uno tras otro, salvo contadas excepciones, fueron sucediéndose los errores que tanto habían ensombrecido la aplicación de la LORTAD. Ni siquiera el recurso de inconstitucionalidad que en su día interpusiera el Defensor del Pueblo contra la citada Ley alentó al legislador, que ajeno a las advertencias que en el mismo se recogían, prefirió reincidir y repetir errores ya denunciados y criticados de la legislación anterior.