La constitucionalización del derecho en México ha logrado un impulso decisivo a partir de la reforma al artículo primero de la Constitución del 10 de junio de 2011 pues ahora el legislador está obligado a respetar los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, los cuales constituyen, junto a los que tienen su fuente de reconocimiento en la Constitución, un parámetro de control de regularidad supremo. Los cambios que desde entonces se han generado al interior del ordenamiento jurídico permiten afirmar que estamos en presencia de un nuevo modelo constitucional que hace del principio pro persona y de los derechos humanos su eje rector. Un modelo caracterizado también porque a los derechos de este tipo se les eleva a la categoría de normas obligatorias, y porque se reconocen nuevas formas de juridicidad que ponen de manifiesto la crisis del monopolio de producción jurídica por parte del Estado. Con todo, aunque el nuevo modelo representa un avance sin precedentes, en México el Estado de Derecho Constitucional (que supone la constitucionalización) no podrá ser una realidad si en la vida diaria los derechos de las personas continúan siendo vulnerados por autoridades y ciudadanos.