Desde que Manuel Crescencio García Rejón introdujera por primera vez el amparo en la Constitución Yucateca de 1841, se evidenció lo necesario que resultaba para la estabilidad de un régimen político la existencia de un instrumento que sirviera para tutelar las libertades básicas de los individuos ante los excesos del poder.áTras esa breve experiencia, los constituyentes de 1847 lo federalizaron, gracias además al impulso que le diera el voto particular de Mariano Otero del mismo año; y más tarde las constituciones de 1857 y 1917 lo consagraron definitivamente y delinearon sus estructuras fundamentales en la más alta esfera del ordenamiento jurídico.áLa relevancia de este instituto procesal ha trascendido allende nuestras fronteras, al grado de haber sido adoptado y adaptado a diversos ordenamientos nacionales (sobre todo de América Latina y Europa, aunque no sólo en ellos); y tener presencia en instrumentos internacionales de la más alta jerarquía (como en los artículos 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos).áLas reformas a la Constitución de 6 de junio de 2011 y la Ley de Amparo de 2 de abril de 2013, son consecuencia de una serie de trabajos iniciados desde hace más de una década y reflejo del consenso que hubo dentro de diversos sectores de la sociedad, con el objetivo de modernizar y adecuar el juicio de amparo a los tiempos actuales; a partir de ellas, jueces, académicos y abogados postulantes tienen el reto de operar un medio de control de constitucionalidad a la luz de un nuevo paradigma.áLa presente obra es producto de los esfuerzos conjuntos de un grupo de abogados que, desde diferentes ámbitos del quehacer jurídico, ponen a disposición del público lector una serie de estudios sobre la nueva Ley de Amparo.áA través de sus siete capítulos, los autores abordan temas selectos de la referida normatividad, plasmando en cada uno de ellos el enfoque desde el cual se desempeñan, bien sea la función jurisdiccional federal, la academia o la práctica contenciosa.áPese a la pluralidad de los temas abordados y la diversidad de los perfiles de los autores, en todos ellos subyace una finalidad compartida, que es la de contribuir al entendimiento de las nuevas disposiciones que regulan el medio de control de la constitucionalidad más importante del país.