Para que resalte con toda evidencia la misió,n de la Filosofí,a del Derecho, convendrá, contrastar los temas de é,sta con los propios de la Ciencia Jurí,dica. Veamos, con tal fin, cuá,l es la funció,n que desempeñ,a el jurista. Pensemos en cuá,les son los menesteres a que está, dedicado el jurista, lo mismo el jurista prá,ctico, verbigracia, el abogado o el juez, quienes tienen que enfocar y resolver problemas concretos de convivencia y de colaboració,n que plantea la vida real en las relaciones sociales, como tambié,n el jurista teó,rico, por ejemplo, el tratadista o el profesor de una rama del Derecho positivo, quien trabaja con situaciones imaginadas, tí,picas, que supone que puedan presentarse en algú,n momento. ¿,Qué, es lo que lleva a cabo el jurista, en tanto que tal?
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El jurista, frente a un pedazo de vida social, tiene que indagar la norma aplicable a esa situació,n, es decir, tiene que hallar cuá,l es la regla de Derecho vigente relativa al caso planteado: encontrar el precepto en vigor que se refiere a la materia en cuestió,n. Una vez hallada la norma aplicable, debe el jurista entenderla cabalmente, interpretar lo que dice y las consecuencias implí,citas que ella contiene.