En los albores del siglo XIX, cuando la humanidad supuestamente ha comprendido la importancia del Derecho para organizar su vida en sociedad, delimitar el ejercicio del poder de sus gobernantes e impartir justicia cuando así lo reclame, el Distrito Federal, sede de los poderes de la Unión (de ahí su denominación) y por tanto capital de los Estados Unidos Mexicanos, padece un singular y cuestionable flagelo por lo que hace a su sistema de justicia administrativa. El incumplimiento contumaz y reiterado de las sentencias emitidas por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal a cargo de un número considerable de autoridades administrativas del Distrito Federal, señaladas como demandadas en los juicios de nulidad que aquél conoce, genera que actualmente la ´ instancia de queja ´, regulada en el artículo 83 de la ley del tribunal en referencia, se conciba como una figura procesal ineficaz para competer a cualquier autoridad enjuiciada al cumplimiento cabal de sus sentencias.