LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO EN SERIO

LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO EN SERIO

$ 160.00
Pesos mexicanos (MXN)
Sin Existencia, informes favor de llamar
Editorial:
PORRUA
Año de edición:
ISBN:
978-607-09-0673-2
Páginas:
205
$ 160.00
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Sin Existencia, informes favor de llamar

La apariencia del buen derecho es uno de los dos presupuestos de la suspensión del acto reclamado, el cual obliga a revisar a conciencia lo que expone el quejoso y a conocer realmente el interés del peticionario de garantías. Este libro ofrece una visión completa de este tema, permitiendo al lector comprender su trascendencia, las dificultades con que surgió y la aceptación general con la que cuenta en el presente. En primer lugar, examina el juicio de amparo como medio de protección e impugnación, contemplando los instrumentos procesales que lo componen. Luego, estudia la suspensión del acto reclamado, a partir de su concepto y naturaleza cautelar, atendiendo a sus características y abordando sus efectos, así como sus presupuestos: el peligro en la demora y la apariencia del buen derecho. Ante lo cual, se expone su fundamento constitucional y su relación con el artículo 10 constitucional. A continuación dicha medida se examina a la luz del juicio de amparo, exponiendo su fundamento constitucional y legal, tanto en amparo indirecto como directo. En la parte medular de la obra, se realiza un análisis de la ciencia de la apariencia del buen derecho en relación con la suspensión a petición de parte en el amparo indirecto, que se identifica en la Ley de Amparo. Asimismo, se hace un recorrido por los autores que niegan que en la suspensión se pueda asomar al fondo del asunto, para luego ver la influencia que tuvo esa corriente en la dogmática y en la jurisprudencia mexicana. También se toman en cuenta a los autores que, por el contrario, sostienen que se puede hacer un asomo provisional de la inconstitucionalidad del acto reclamado. Finalmente, se hace un recorrido por la jurisprudencia relativa a la suspensión, para constatar su evolución, se valora la repercusión que ha resultado de la incorporación de la apariencia del buen derecho en ésta y se escudriña el juicio de ponderación que se debe efectuar entre dicho elemento, el interés social y el orden público. Finalmente se establece la diferencia que existe entre resolver un caso concreto con una y otra corriente, para terminar con las conclusiones correspondientes.