Se suele entender por objeción de conciencia la resistencia no violenta al cumplimiento de una norma jurídica -legal o contractual-, con base en las más íntimas, personales e irrenunciables convicciones éticas o religiosas´. Su desarrollo jurídico en Colombia ha tenido como punto de referencia principal la jurisprudencia de la Corte Constitucional, aunque pueden identificarse algunas referencias legislativas.