MIGUEL GASTON MANZANILLA PAVON
Al participar como maestro en el Instituto de Capacitación, Formación y Actualización del Poder Judicial del Estado de Veracruz, mediante pláticas sobre el Código de Comercio y sus reformas, mismas que se dirigen a Jueces, Secretarios de Estudio y Cuenta y de Acuerdos del referido Poder, recibí constantes peticiones de plasmar por escrito los comentarios efectuados a las diversas modificaciones que se han dado a partir de 1996.áEl tema, de abarcar todo el Código de Comercio sería muy extenso y las actividades personales no me permiten atacarlo, por ello al buscar delimitarme, y porque como dice Lauren: ´la prueba es la demostración legal de la verdad de un hecho´, lo que significa que aun siendo cierto ese hecho, si no se demuestra legalmente, esto es, con los medios previstos por la ley y con los requisitos exigidos por ésta, el hecho se estimará no acreditado, es por lo que considero que prueba en su contexto general, es uno de los elementos procesales más importantes, por su grave y trascendente influencia en el resultado de los procesos jurisdiccionales.