QUE APORTA LA TEORIA DE LOS FINES DE LA PENA

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AGOTADO. Informes: Llame o Escribanos
Editorial:
UNIVERSIDAD EXTERNADO COLOMBIA
Año de edición:
ISBN:
978-958-616-266-1
Páginas:
35
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El reflexionar sobre el sentido y el fin de la pena pública ha valido desde antiguo no sólo para la cuestión de si ha de justificarse una tal sanción y, en su caso, en qué medida, sino que casi siempre afecta también a las consecuencias que habría que extraer de ello para su clase y medida en particular. Sin embargo, recién en la Edad Moderna y especialmente con la Ilustración comienzan los intentos por ocuparse de modo diferenciado de los posibles fines de la pena, también de sus antinomias, y esto significa, elaborar con más precisión las diferentes consecuencias a las que ellos tienen que conducir en la teoría y en la práctica. Esta discusión tiene su primer punto álgido en la célebre controversia entre Grolman y Feuerbach. El otro lo configura, naturalmente, la lucha de escuelas en el cambio del siglo pasado al nuestro. El paso espectacular a este respecto, que ha dado V. Liszt, consistió no tanto en la recuperación de la idea de la prevención especial, que Grolman había defendido finalmente sin éxito, como más bien en la pretensión de poder decidir la lucha de las teorías de la pena de modo definitivo, con los medios de las ciencias empíricas, en la medida en que sólo fue investigado el delito como manifestación social, la pena como función social, y en tanto se estableció ´con certeza científica el efecto de la pena, de servir a la protección de los bienes jurídicos y a la evitación del delito´. De ese modo, se garantizaba la prevención del delito si bien no como el único fin de la pena, sí como el fin primario. Ésta es una idea que, como se sabe, seguimos aún hoy en gran parte.