REFORMA CONSTITUCIONAL DE 2008 EN MATERIA DE JUSTICIA PENAL

REFORMA CONSTITUCIONAL DE 2008 EN MATERIA DE JUSTICIA PENAL

$ 120.00
Pesos mexicanos (MXN)
Sin Existencia, informes favor de llamar
Editorial:
PORRUA
Año de edición:
ISBN:
978-607-09-0378-6
Páginas:
126
$ 120.00
Pesos mexicanos (MXN)
Sin Existencia, informes favor de llamar

El 6 de marzo de 2008 se aprobó la llamada reforma constitucional en materia de justicia penal y seguridad pública, la que entró en vigor el 19 de junio del mismo año. Al margen de su historial teórico y legislativo, del que hay debida constancia, el hecho que la explica es la voluntad del Presidente de la República Felipe Calderón Hinojosa de enfrentar, primero, la criminalidad creciente en el país y, después, acabar con ella en la medida de lo posible (no importa que se escucharan las opiniones en contra de estudiosos y profesionales, de los Poderes Legislativo y judicial y de los congresos locales o Poder Constituyente Permanente como se lo suele llamar). Prevaleció la decisión del Presidente. Pero la voluntad, aun la buena, no es siempre suficiente para lograr resultados positivos en una empresa. La cuestión radica en que la ley penal (con la multiplicación de tipos penales y el aumento en la cantidad de las penas) nunca ha sido, ni lo es ni tampoco lo será, el medio idóneo o adecuado para enfrentar y exterminar la criminalidad, suponiendo que se la pueda exterminar del todo. Un simple razonamiento lo demuestra cabalmente: la ley, incluso la más perfecta si es que la hay, opera o se aplica a posteriori del delito, siendo que lo que México necesita urgentemente es evitar que se sigan cometiendo esos espantosos crímenes. En consecuencia la ley y la justicia penal son para sancionarlos cuando ya se cometieron. En tal virtud la voluntad del Presidente y de su gobierno están fuera de cauce. Desde luego no discuto la relevancia de la ley y el papel de excepcional importancia que juega en una sociedad, razón por la cual su elaboración debe ser conforme a los principios jurídicos y a la técnica legislativa. Y si he dicho que la ley no sirve para abatir (otra cosa es sancionar, castigar) la delincuencia, igualmente no es eficaz en las manos del Ministerio Público ni en las de los jueces si no se somete a aquellos principios. Por lo tanto yo me propongo en este libro hacer la crítica, o sea, el examen y juicio de la reforma que en un elevado índice me parece llena de errores y desaciertos mayúsculos.

Otros libros del autor